sábado, julio 10, 2004

Redada a partir del 1 de octubre

Ramón Buenaventura nos sorprendía el pasado domingo con un pequeño artículo publicado en El Semanal titulado "A la cárcel".

En el artículo 270 de la reforma del Código Penal que entrará en vigor a partir del 1 de octubre se estipula lo siguiente:

"Prisión de 6 meses a 2 años y multa de 12 a 24 meses por reproducir, plagiar o distribuir una obra artística en cualquier tipo de soporte sin la autorización de los propietarios"

"Prisión de 6 meses a 2 años y multa de 12 a 24 meses por exportar o almacenar ejemplares de las susodichas obras".

"Prisión de 6 meses a 2 años y multa de 12 a 24 meses para quien tenga instalado en su sistema algún programa que facilite la eliminación del dispositivo técnico que el fabricante haya incluido con intención de evitar la copia".

El dilema: ¿hasta qué punto tiene sentido, si lo tiene, meter en la cárcel a alguien que de manera individual ha causado un reducido daño al propietario de la obra?

La intención de la ministra de reducir el IVA al 4% en la música, ¿podría ser una solución?

Fuente: El Semanal, 2004, nº 871, p.57.